SERVICIOS FISCALES
Te asistimos al Cliente durante el proceso de la compra o venta y ofrecemos servicios post-venta y consultoria.
1. SERVICIO DE IMPUESTOS NO RESIDENTES
Nos encargamos de realizar la tributación de los no residentes en España gestionando su presentación a través del impuesto sobre la renta de no residentes (IRNR). Este es un tributo de carácter directo establecido en España, el cual grava la renta obtenida por las personas físicas y jurídicas no residentes en territorio español. Este servicio incluye representarlo ante las autoridades fiscales españolas y garantizar su cumplimiento de la legislación fiscal española .
Esta tributación se encuentra regulada por el Real Decreto 1776/2004, con fecha 30 de julio y por el Real Decreto Legislativo 5/2004, con fecha 5 de marzo.
2. SERVICIO DE IMPUESTOS DE RESIDENTES
los residentes tienen que pagar impuesto sobre la renta en España por todos los ingresos y rentas generados a nivel mundial. Esto hace que su tributación total en el territorio español sea mucho más alta. Este impuesto graba la mayor parte de las actividades, rendimientos y ganancias que obtiene el individuo.
El porcentaje exacto dependerá de cada caso particular y no es posible aplicar generalizaciones. Sí podemos decir que se trata de un impuesto progresivo que va del 17 al 47%.
No obstante, existe una excepción que muchos extranjeros pueden solicitar: la denominada Beckham Law. Si no has residido en España durante los últimos 10 años, podrás pagar un porcentaje fijo del 24% sobre tus rentas.Nos aseguramos que como residente fiscal en España , no pague más de lo debido.
Nuestro equipo de expertos lo representará en España y presentará sus impuestos a la Agencia Tributaria española .
3. CONSTITUCIÓN DE EMPRESAS Y ALTA DE AUTONOMOS
Cada sociedad tiene un proceso de constitución diferente, aconsejamos consultar cada tipo jurídico a fin de conocer los pasos necesarios para la adopción de su personalidad jurídica.
Los trámites para la constitución de una empresa, de carácter general serían los siguientes:
- Dirección General de Industria y de la PYME: Denominación social
- Registro Mercantil Central: Certificación negativa del nombre de la sociedad
- Notario: Escritura pública
- Consejerías de Hacienda de las CC.AA.: Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados
- Registro Mercantil Provincial: Inscripción de la empresa en el Registro
- Agencia Tributaria (AEAT): Número de identificación fiscal
- Registros Especiales: Inscripción en registros especiales
- Notario: Acta notarial
4. CONTABILIDAD DE SOCIEDADES
La Contabilidad de Sociedades estudia las particularidades contables que presenta la regulación jurídico-mercantil de las empresas como: la constitución de la sociedad, ampliaciones y reducciones de capital; disolución de sociedades, fusión, etc. El análisis de estos hechos se realiza profundizando en las normas jurídicas que los regulan, que nos conducirá a dar criterios metodológicos para reflejar los mismos en contabilidad y analizar sus repercusiones. De dicha regulación daremos especial importancia a las normas contenidas en la ley de sociedades anónimas que tienen incidencia en el desarrollo de la problemática jurídico-contable y financiera de las empresas.
5. ASESORAMIENTO ANTE INSPECCIONES
En nuestro despacho ante las actuaciones de inspecciones de Agencia Tributaria Española o Seguridad Social nos ocupamos de dar cobertura y soporte a nuestros clientes defendiendo sus intereses en las actuaciones de inspecciones, como las actas de liquidación de cuotas a la Seguridad Social o las actas de infracción laboral.
La mayoría de contribuyentes no saben cómo afrontar una inspección de Hacienda.
Cuando se reciba una comunicación de inicio de actuaciones inspectoras, es muy importante tener claro y verificar el alcance de dicha Inspección fiscal
Existen muchos motivos por los que tú o tu empresa podéis ser objeto de una Inspección de Hacienda. Algunos de ellos pueden ser para comprobar:
La procedencia de una devolución de IVA ,
Los Libros registros obligatorios,
Los descuadres de impuestos,
La realidad de los gastos deducibles,
Las operaciones intracomunitarias,
Algunas partidas del IRPF (deducciones, ganancias patrimoniales o inversiones),
Etcétera.Si recibes una comunicación de inicio de actuaciones inspectoras, es muy importante tener claro y verificar el alcance de dicha Inspección fiscal… Y sobre todo inmediatamente contactar con nosotros.
info@antonasociados.es
+34 966 927 760